Los trabajadores del hogar también cuentan con el derecho al cobro de este beneficio.
Se acercan las Fiestas Patrias y con ello llega la bonificación económica llamada gratificación, que se otorga a los colaboradores sujetos al régimen laboral de la actividad privada y que se atribuye dos veces al año.
Este beneficio, es un derecho que tiene todo trabajador perteneciente a la Ley de Gratificaciones 27735, sin importar el tipo de contrato (indefinido, a plazo fijo y a tiempo parcial) ni horas de dedicación semanal. Asimismo, los trabajadores del hogar también cuentan con el derecho al cobro de este beneficio y el monto se calculará según el sueldo que perciben.
La fecha límite para efectuar el pago de las gratificaciones es hasta el 15 de julio, por lo que la especialista menciona que si una empresa no lo hace estaría incurriendo en una infracción grave en materia de relaciones laborales de conformidad con el Art. 24 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo 019-2006-TR.
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